UNIDAD DE DESARROLLO Y COMUNICACIÓN
UNIDAD DE DESARROLLO Y COMUNICACIÓN
Artículo 26. Corresponde a la Unidad de Desarrollo y Comunicación, el ejercicio de las siguientes atribuciones:
l. Evaluar, diagnosticar y diseñar procesos, procedimientos para su simplificación, integración, automatización y actualización de las actividades operativas de la JASP;
lI. Analizar la estructura organizacional y procedimientos operativos de la JASP, en coordinación con la Dirección General, sobre la base de los procesos rediseñados y recomendar su readecuación si es necesario;
IlI. Recopilar información sobre las principales actividades y eventos de las OSC para su difusión;
IV. Generar estrategias de comunicación, relaciones públicas, así como los manuales que se requieran;
V. Realizar propuestas innovadoras, creativas y basadas en la excelencia para enriquecer el programa de comunicación;
VI. Diseñar y elaborar el boletín semanal con los eventos que las organizaciones solicitan, se difundan;
VIl, Emitir comunicados, elaborar trípticos, volantes con información de interés específico para las OSC, con previa aprobación de la Dirección General;
VIII. Actualizar los directorios de contacto con las OSC;
IX. Coordinar y realizar el registro de las OSC en el Subsistema de Información para la Asistencia Social Privada;
X. Apoyara la Unidad de Fomento en el desarrollo de los programas de subsidio y fortalecimiento para las organizaciones de la sociedad civil con el fin de ser soporte para las OSC que tengan alguna duda de como participar en estos programas;
XI. Apoyar en la capacitación a las OSC mediante cursos, talleres o diplomados;
XII. Desarrollar instrumentos como cédulas, formatos, expedientes, y otros, para las visitas de acompañamiento a las OSC;
XIII. Realizar el mantenimiento de la página web de la JASP; y
XIV. Las demás que con motivo de sus atribuciones le asigne la Dirección General.