Bienvenido a la GUÍA DE USUARIO

En esta guía te ayudaremos para presentar tu SOLICITUD COMPLETA (Formato /documentos) para el “Programa de Fortalecimiento a Organizaciones de la Sociedad Civil”

Recuerda que el proceso es a través de la plataforma


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  1. a) Ser una OSC sin fines de lucro con una antigüedad mayor a un año a la publicación de estas Reglas de Operación en el Periódico Oficial del Estado que hayan operado – de forma ininterrumpida en el año inmediato anterior en el territorio del estado y/o en zonas de atención prioritaria – y cuyo objeto social esté orientado a la protección y atención de personas o grupos en situación de vulnerabilidad y/o de escasos recursos económicos y que presten atención a niñas, niños, adolescentes, jóvenes, mujeres, personas mayores, personas con discapacidad, indígenas y migrantes, en las siguientes áreas de acción:
  2. Educación
  3. Cultura

III.  Salud y deporte

  1. Alimentación
  2. Desarrollo comunitario
  3. Albergues y asilos

 

    1. (b) No haber presentado solicitud para gasto operativo a otra dependencia del Gobierno Estatal en el 2022.

(c) No contar en sus órganos directivos o como representante legal, a servidores o servidoras públicas.

(d) No ser organización cuyo objeto social contemple el apoyo con recursos económicos y/o en especie a otras OSC.

(e) En caso de haber recibido apoyo económico para gasto operativo el año 2021 por parte de la JASP, haber entregado en tiempo y forma el Informe de Aplicación del recurso otorgado.

  • Llenar el Formato de Solicitud al Programa 2022 que se encuentra en https://jaspchihuahua.mx/
  • Subir en dicho portal los siguientes documentos digitales requeridos:
  1. Carta Bajo Protesta de Decir Verdad* con firma autógrafa del representante legal. (Anexo 1. Carta Protesta de Verdad)
  2. Carta Compromiso de Asistencia a Capacitaciones* con firma autógrafa del representante legal. (Anexo 7.)
  • Reporte de Actividades Asistenciales* del 2021 según formato. (Anexo 2. Reporte de Actividades)
  1. Constancia de Situación Fiscal del SAT con vigencia no mayor a un mes de la aplicación a la Convocatoria.
  2. Estados Financieros. Presentar Balance General, Estados de Resultados (del año fiscal inmediato anterior a la publicación de la Convocatoria), ambos firmados por el contador o la contadora, el representante legal y el titular de la Dirección de la Organización. Además, copia de la cédula profesional del contador o la contadora.
  3. Escritura Pública del Acta Constitutiva otorgada ante Notario Público e inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito que corresponda (Sólo las OSC que NO hayan recibido apoyo económico posterior al año 2021).
  • Última protocolización de escritura pública otorgada ante Notario Público e inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito que corresponda, que contenga el objeto social con las actividades asistenciales y el Consejo Directivo o Patronato ACTUALES.
  • Poder Notarial (representación legal) pública otorgada ante Notario Público e inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio que corresponda.
  1. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal, debiendo ser la misma persona que firmó la Carta de Protesta de Verdad.
  2. Registro vigente ante el ICHITAIP (Sólo las OSC que hayan recibido recursos públicos, por ser sujeto obligado).

 

Los formatos del número I, II y III se encuentran disponibles en la plataforma.

 

Forma de presentación de dichos requisitos:

La OSC aplicará al Programa en https://jaspchihuahua.mx/ llenando el formato de solicitud y enviando todos los documentos solicitados de acuerdo a la guía de usuario que se encontrará en la misma página.

La bolsa autorizada para este programa es un apoyo único de $4,101,189.62 (Cuatro millones ciento un mil ciento ochentainueve pesos 00/100 MN), la cual será distribuida de la siguiente manera:

En caso de remanente de estas bolsas, se destinará para el fortalecimiento institucional de las OSC en los temas de capacitación sugeridos que se derivan de las revisiones del Comité Dictaminador a las solicitudes de las OSC.

 

  1. Vigencia de la convocatoria

La recepción de solicitudes y su documentación se llevará a cabo exclusivamente del 22 de agosto al 5 de septiembre en los términos que se determinen en esta convocatoria.

 

  1. Proceso de Selección
  • La Instancia Ejecutora validará la documentación cargada en la plataforma por las OSC, a fin de determinar el cumplimiento a lo establecido en las Reglas de Operación y Convocatoria. Descartará las solicitudes que, habiendo recibido el apoyo económico en el año anterior, hayan incumplido con las obligaciones o bien se hayan conducido con falsedad en los informes.
  • Si la documentación que la OSC adjunta a la plataforma cumple con los requisitos de participación establecidos en el numeral 3.2 de las Reglas de Operación, la solicitud obtendrá el status de validada, lo cual implica que pasa a la etapa de dictaminación.
  • Para definir el monto al cual la OSC podrá acceder se tomará en cuenta la congruencia entre los Estados Financieros 2021 presentados y el Gasto Operativo Anual 2021 registrado en la sección Administración Financiera de la solicitud.
  • Las solicitudes se evaluarán mediante un dictamen técnico que será realizado por el Comité de Dictaminación. El dictamen de cada solicitud será definitivo y quedará asentado en el Acta de Dictaminación.

El resultado de los dictámenes y las OSC que serán apoyadas se darán a conocer en la página de internet www.jaspchihuahua.mx  y redes sociales de la JASP en un plazo no mayor a 15 días naturales posteriores a la última reunión del Comité Dictaminador.

 

El apoyo económico aprobado se entregará a las OSC seleccionadas en una sola exhibición; en caso de que la disponibilidad de recursos no lo permita, esta podrá realizarse en dos ministraciones.

 

  1. Consideraciones Generales

La Junta de Asistencia Social Privada del Estado de Chihuahua, puede:

  • Solicitar toda la documentación requerida en la presente convocatoria grabada en un USB o se envíe a través de correo electrónico de considerarlo necesario.
  • El Consejo de la JASP, como instancia normativa, está facultada para interpretar las presentes Reglas, así como resolver aspectos no contemplados en ellas.

 

 

 

ACUERDO No. 002/2022 Folleto Anexo, publicado en el Periódico Oficial del Estado, Reglas de Operación para el Programa “FORTALECIMIENTO A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL”, para el Ejercicio Fiscal 2022, de fecha sábado 30 de julio

  de 2022. 

https://chihuahua.gob.mx/sites/default/atach2/periodico-oficial/anexos/2022-07/ANEXO%2061-2022%20ACUERDO%20JASP-CD-002-2022.pdf

 

 

 

 

 

 

 

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